Plan de reactivación del Colegio de Ingenieros Industriales

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Campo DC Valor Lengua/Idioma
dc.contributor.advisorCrespo Merchán, Miguel Benjamínen_ES
dc.contributor.authorBallesteros León, Bayron Bladimir-
dc.date.accessioned2011-06-02T01:31:56Z-
dc.date.available2011-06-02T01:31:56Z-
dc.date.issued2008-
dc.identifier.urihttps://dspace.ups.edu.ec/handle/123456789/946-
dc.descriptionEsta tesis más que un objetivo técnico contiene también un objetivo social y es el de encaminar a los profesionales de la carrera a reactivar el aparato productivo-económico del Azuay mediante la inserción de los Ingenieros Industriales en las Micro, pequeñas y medianas empresas en cargos dignos de nuestra carrera. Es menester considerar la reactivación del Colegio de Ingenieros Industriales como una institución capaz de orientar al egresado o profesional en sus actividades futuras; y encaminarlas mediante leyes, reglamentos y procedimientos ya establecidos técnicamente y con la experiencia debida para facilitar su desarrollo personal, profesional y colectivo en la sociedad. Art. 9.- Los Ingenieros, en todas sus ramas, para el ejercicio de su profesión deberán afiliarse y registrar la inscripción del título en uno de los Colegios Provinciales o Regionales de Profesionales Ingenieros, los que registrarán obligatoriamente bajo sanción de destitución del funcionario que se opusiere. La inscripción del título en un Colegio dará derecho para el ejercicio de la profesión en toda la República. (ver ANEXO 1). Como es el conocimiento general el Presidente de la República, Eco. Rafael Correa, presentó el 13 de diciembre de 2007, ante el TC, una demanda de inconstitucionalidad a la obligatoriedad de las Colegiaturas. El 6 de marzo de 2008 el Tribunal Constitucional (TC) respaldando a esta demanda, puso fin a la afiliación o agremiación obligatoria que la Ley establece para que los ciudadanos ejerzan actividades económicas o profesionales. Ocho de nueve vocales, votaron a favor del informe que recomendaba que el TC acoja la demanda del presidente Rafael Correa, y declare la inconstitucionalidad de normas de varios cuerpos legales. El Tribunal se limitó a resolver, estrictamente, sobre el contenido de la demanda del Jefe de Estado, que consideraba inconstitucional que se exija a una persona afiliarse a un gremio para ejercer sus actividades. Así, no será obligatoria la afiliación, a partir de la publicación de la resolución en el Registro Oficial, de ninguna persona a las cámaras de la Producción, de Turismo, de Minería, de artesanos, a los colegios de abogados, de periodistas, de arquitectos, economista, químicos, bioquímicos y farmacéuticos, contadores públicos, ingenieros, médicos, veterinarios, trabajadores sociales, artistas. Fuente: http://www2.elcomercio.com/solo_texto_search.asp?id_noticia=113627&anio=2008&mes=3&dia=6 Es decir ahora la gente que conforme el Colegio de Ingenieros Industriales va a hacer las cosas ya no por obligación sino por convicción. Este es un factor importante al momento de encaminar al Colegio porque filtra a todas las personas que viéndose obligadas a conformar parte del colegio distorsionaban el buen funcionamiento del mismo. Con todos estos cambios presento esta investigación con el fin de proponer un plan que reactive al Colegio de Ingenieros Industriales del Azuay con una nueva perspectiva de cambio y desarrollo.en_ES
dc.formatapplication/pdf-
dc.language.isospaen_ES
dc.rightsopenAccess-
dc.subjectPLANIFICACIÓN ESTRATÉGICAen_ES
dc.subjectPLANIFICACIÓN EMPRESARIALen_ES
dc.subjectADMINISTRACIÓNen_ES
dc.titlePlan de reactivación del Colegio de Ingenieros Industrialesen_ES
dc.typebachelorThesisen_ES
ups.carreraIngeniería Industrial-
ups.sedeSede Cuenca-
Pertenece a las colecciones: Grado

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